A partir del 21 de noviembre, las nanas puertas adentro tendrán derecho a descanso los días sábado, domingo y festivos. En tanto, desde el 23 de noviembre, la jornada de las trabajadoras puertas afuera será de 45 horas semanales y, además, podrán acordar con el empleador hasta 15 horas extras a la semana, las que deberán ser remuneradas con el 50% de recargo.
En marzo de 2016 se cumplen 13 años desde que Carmen Soto (soltera, 50 años y con un hijo mayor de edad) llegó a trabajar puertas afuera a la casa de una familia osornina. En este tiempo le han reajustado el sueldo en 25% y trabaja cerca de 55 horas a la semana, además de un sábado por medio. Sin embargo, el próximo mes comenzará a trabajar solo de 9:00 a 18:00 horas, completando un total de 45 horas semanales, y tendrá el fin de semana completo para ella. Esto, debido a que se pondrán en marcha los últimos aspectos vinculados con la nueva Ley de Trabajadores de Casa Particular, que comenzó a regir en enero y cuyos cambios se han implementado en forma parcelada.
A partir del sábado 21 de noviembre, todas las nanas puertas adentro tendrán derecho a descanso los días sábado, domingo y festivos….Estos cambios deben unirse al contrato laboral y entregarse nuevamente a la Dirección del Trabajo.
En tanto, desde el 23 de noviembre, la jornada laboral de las asesoras puertas afuera será de 45 horas semanales, las que se podrán distribuir hasta en un máximo de seis días. Estas horas se pueden repartir en distintas jornadas en una misma semana, siempre y cuando no se exceda de 12 horas continuas, explican en la Dirección del Trabajo.
Además, las nanas podrán acordar con su empleador hasta 15 horas extras a la semana, las que deberán ser remuneradas con el 50% de recargo.
Así, por ejemplo, si una asesora del hogar gana $400 mil mensuales y trabaja tres horas extras, la remuneración final será de $409.333, precisan desde el organismo fiscalizador. En caso de que gane el mínimo ($241 mil) y haga las 15 horas extras que fija como máximo la ley, el sueldo final será de $269.116.
A 10 meses de la puesta en marcha de la normativa, el director del Trabajo, Christian Melis, hace un positivo balance y adelanta que entre los meses de diciembre de 2015 y enero de 2016 lanzarán un nuevo programa de fiscalización para supervisar que el horario máximo de trabajo se cumpla, para lo cual se revisará el libro correspondiente a las horas trabajadas, como también que se esté pagando el período extra según corresponda, monto que recuerdan desde la Dirección del Trabajo que también es imponible.
«Las horas extras son determinadas semanalmente y no en forma diaria. Además, por ejemplo, si la trabajadora llega atrasada dos horas, puede acordar con su empleador compensar esa demora con dos horas al final del día o durante la misma semana, y de esta forma no habría horas extras ni descuentos por atrasos», aclara Melis.
Pero si el contratante prefiere no recuperar esos atrasos en más horas trabajadas, puede descontarlas en la liquidación de sueldo, especificando las horas precisas de esa situación en aquel papel. Las horas trabajadas, las de llegada y salida, y las extras deben ser registradas día a día en un libro de asistencia en cada casa.
En caso de encontrar alguna irregularidad durante la fiscalización, los inspectores de la DT podrán aplicar multas, que van desde una hasta 10 UTM ($44.700 y $447 mil). Las sanciones más severas son por incumplimiento en remuneraciones, jornada y descanso, dicen desde el Gobierno.
Un empleador, asimismo, puede ser multado más de una vez, ya que una materia puede tener infracciones distintas. Por ejemplo, en el caso de la jornada de trabajo, se puede estar incumpliendo simultáneamente su distribución en no más de seis días a la semana, exceder el máximo de horas extras y no estar pagando ese horario adicional. En este caso, y tal como se procede con cualquier otro contratante, se le aplicarán tres de las sanciones más graves, llegando a un total cercano a los $1,3 millones.
Las multas deben cancelarse en la Tesorería General de la República y acreditar su pago ante la DT. El infractor puede pagar la multa de inmediato o bien esperar a que esta quede ejecutoriada y cargada en la Tesorería.
Las multas serán notificadas personalmente si el infractor acude a la citación de oficina en caso de fiscalización, o por correo certificado. «Se puede apelar por la multa o también cambiarla por capacitación, si previamente ha corregido la infracción», aclara Melis.
En todo caso, el Gobierno dará un plazo de corrección de la infracción de 15 días hábiles, a partir del 21 de noviembre. «Creemos que en noviembre habrá una alta demanda de consultas de parte de los empleadores, debido a que las normas nuevas son más complejas que la inscripción de contratos, que fue la norma anteriormente puesta en marcha», señala Melis.
Solo el 35% de los contratos está registrado
Hasta la fecha, la Dirección del Trabajo solo ha registrado la inscripción de 122 mil contratos; sin embargo, existe un universo aproximado de 350 mil trabajadoras de casa particular. Eso sí, explican que ese total está compuesto por muchas personas que laboran pocas horas al mes. «La cifra se debe a que llevamos poco tiempo con esta regularización legal. De todas maneras, estamos fiscalizando para aumentar este número», señala Melis.
Asimismo, espera que los que no cumplieron con la exigencia legal de registrar los contratos en la primera fase de aplicación de la ley lo hagan ahora. Al respecto, indica que la Dirección del Trabajo está desarrollando un sistema de registro más amable para los usuarios, y que, a la vez, entregue más información sobre la relación laboral entre las partes. «Eso nos permitirá focalizar mejor nuestros futuros programas inspectivos y de capacitación, y también diseñar estrategias de solución alternativa de conflictos, tal como lo hacemos en otros sectores productivos», indica el director del Trabajo.
$270 mil ganan las asesoras en promedio en Chile
Los datos recogidos por la Dirección del Trabajo, entre el 1 de enero -día en que entró en vigencia la norma- y el 11 de mayo, revelan que hay varias regiones y comunas del país en las que, en promedio, las asesoras del hogar ganan muy por encima del sueldo mínimo, que asciende a $241 mil en términos brutos. Hoy, a nivel nacional, el salario promedio de estas trabajadoras (incluyendo todos los tipos de contratos, como puertas adentro y afuera, full time y también por día) es de $270.367, aunque en el caso de la Región Metropolitana, dicho monto se ubica en $300.579. El desglose por tipo de contrato también muestra que quienes trabajan puertas adentro ganan en promedio $370.184 y quienes lo hacen puertas afuera, $234.384 (todas consideran el sueldo bruto).
Arica y Parinacota es la región donde las asesoras del hogar muestran las remuneraciones más bajas del país. Una nana puertas afuera, en promedio, gana $191.213 y si trabaja con el sistema puertas adentro, el monto asciende a $255.943 en términos brutos.
Por otro lado, una de las regiones que figuran con los salarios más altos es la Tercera, donde la ciudad de Copiapó es la capital. Ahí, el sueldo promedio para una trabajadora puertas afuera asciende a $221.512 y puertas adentro, a $405.718.
Fuente: Daniela Paleo, El Mercurio, Economía y Negocios, 17.10.2015