BENEFICIO PARA «CLIENTES ATLESO» CON PLAN MENSUAL VIGENTE
Compañía de Seguros : Continental
Contratante : Asesorías Atleso Ltda.
Materia Asegurada : Cobertura innominada a personas que desempeñan sus servicios en calidad de Trabajadores de casa particular. Se amplía cobertura a cuidador, trabajador agrícola, auxiliar de enfermería.
Valor Mensual : $1.600 por trabajador procesado en Atleso, con cargo al cobro de cotizaciones
Coberturas: : Sólo a causa de un accidente.
PLANES
Plan A. MUERTE ACCIDENTAL
La compañía pagará a los “beneficiarios legales” UF 1.000, menos los gastos incurridos en las coberturas B., C. y D.- si es que éstos se hubiesen pagado previamente.
Plan B.- INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE 2/3 POR ACCIDENTE:
Como resultado de lesiones producto de un accidente, la compañía pagará al asegurado mediante un pago único según lo siguiente:
UF 300 * | Menoscabo Global de la persona 35% – 49% |
UF 500* | Menoscabo Global de la persona 50% – 66% |
UF 1000* | Menoscabo Global de la persona 67% o más |
*descontar cualquier otro monto pagado al asegurado por el mismo accidente por cobertura C.
Plan C.- DESMEMBRAMIENTO ACCIDENTAL:
Cuando la lesión producto de un accidente produzca la pérdida de miembros del cuerpo del asegurado.
A continuación se indican algunos ejemplos de montos pagados por la compañía.
UF 1.000 | Pérdida total de dos ojos, brazos, piernas, manos ó pies |
UF 500 | Pérdida total de 1 brazo ó 1 pierna ó 1 mano |
UF 400 | Pérdida total de un pie |
UF 130 | Sordera completa de un oído |
UF 30 | Pérdida total de un dedo del pie |
Plan D.- REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE:
Contempla los gastos de asistencia médica, farmacéutica y hospitalaria en que el asegurado incurra a consecuencia de un accidente.
El asegurado deberá hacer uso en primera instancia de su sistema de salud (Isapre o Fonasa) para luego reembolsar con la compañía de seguro hasta por un monto de UF 100.
Plan E.- INDEMNIZACIÓN POR GASTOS DE SEPELIO POR ACCIDENTE:
La compañía pagará a los “beneficiarios legales” UF 50.-
IMPORTANTE:
Este Seguro de Accidentes Personales es voluntario, complementario al establecido en Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales; su cobertura rige las 24 horas los 7 días de la semana, aun cuando el accidente no sea causado por algo relacionado al trabajo del asegurado.
PARA CONTRATAR LA PÓLIZA:
Debe enviar una solicitud vía mail a contacto@atleso.cl, autorizándonos a cargar en el cobro de cotizaciones mensual lo correspondiente al seguro. Además debemos contar con una copia del contrato de trabajo o último anexo debidamente firmado por las partes que acredita la existencia de una relación laboral con su(s) trabajador(es).